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Nuestro misión cuando usted nos contrata para hacerle la declaración de la renta es lograr que usted pague la cantidad más reducida, y que ello no afecte al cumplimiento de los requisitos con Hacienda.

Por este motivo estamos al día de todas las novedades fiscales posibles que puedan darse mensualmente, ello nos coloca en una situación avanzada, de acuerdo a las fechas de obligatoria declaración. En ocasiones, dependiendo de variación de tasas de plusvalía, o modificación en pólizas, es necesario retrasar algunos pagos, adelantar otros.

Se dan casos paradójicos en los que la venta, aún perdiendo dinero de un activo, compensa la declaración de la renta final acogiéndose a diversas variaciones de mercado.

Asarama se encuentra a su completa disposición, realizamos los desplazamientos que sean precisos para lograr realizar la declaración óptima, analizando si su conveniencia se decanta más por la declaración individual o conjunta.

Las declaraciones están asociadas a supuestos de IVA y resumen anual, IRPF y correspondiente resumen anual, intrastat, impuesto de sociedades, estimación objetiva, módulos y coeficientes, estimación directa, declaración de ingresos y pagos, clientes y proveedores, renta y patrimonio, censo, impuesto de actividades económicas e impuestos especiales.

Dicho impuesto sobre renta de personas físicas, en ocasiones periódicas, va seguido de un impuesto de sociedades, o un pago fraccionado, es decir, estimación directa o estimación objetiva. Añadimos los impuestos sobre el valor añadido, los nombrados impuestos especiales, así como la retención y pago de impuestos generales, lo que nos lleva a los resúmenes anuales, alquileres, y declaraciones de operaciones con terceros o intracomunitarias.

Le recordamos que los pasos para las declaraciones, le llevarán a insertar nombre completo, número de dni-nif, teléfono de contacto y email, datos de los cónyuges en caso de matrimonio. Todo esto que comentamos son motivos más que suficientes que explican por qué su gestor, asesor, que le realiza la declaración, debe ser alguien de confianza. Asarama viene avalada con una amplia experiencia en declaraciones. Nuestros clientes nos respaldan.

Nosotros nos encargamos de solicitar el borrador y datos fiscales, comprobamos con usted los datos de la AEAT, cambiando aquellas partes que sea necesario. Comprobamos el requisito de presentar o no declaración de la renta, y si es requerido realizar la confección, domiciliación bancaria así como la presentación de la declaración.

Las declaraciones tributarias pasan por la declaración de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios. Conocer si la presentación de la declaración de la renta se debe realizar telemáticamente o si los intereses de demora, recargo y sanciones son deducibles.
En muchas ocasiones debemos asesorar y desterrar falsas creencias tales como si la declaración es evitable mejor no hacerla, cuando en realidad es muy posible que estén perdiendo dinero a devolver. También nos hemos encontrado con la creencia de que si hacienda no conoce sus movimientos ello es siempre a su favor. Imaginamos que no hace falta recordar que las consecuencias no son muy positivas que digamos, sin entrar en cuestiones de inspección. Es decir, que por no querer hacer la declaración, en una fecha posterior, las consecuencias son infinitamente peores que habiendola hecho. Tampoco es obligatorio declarar,como hemos oído alguna vez que si se ha declarado con anterioridad ya es imprescindible declarar siempre. Esto no es correcto.

Parte de nuestra actividad es revisar concienzudamente los borradores, pues se ha instalado la creencia que el borrador es la declaración definitiva. Lo importante para recibir es que haya habido retenciones considerables. Las personas sin renta no declaran, sin embargo hay menores que pueden realizar declaración conjunta con sus padres. Hay casos, también, en los que las cuentas de ahorros pueden servir para deducir impuestos. también suele olvidarse que el alquiler tiene un tratamiento fiscal favorable, ya que el dueño puede beneficiarse de deducciones por arrendamiento.