Derecho de familia en Almería
Dentro del derecho civil encontraremos ramificaciones como el derecho de familia, tramitando cuestiones relacionadas con la maternidad, paternidad, conflictos de pareja, divorcios, adopción, separaciones. No importa la naturaleza del conflicto matrimonial, nuestro asesoramiento incluye total confidencialidad. Además entendemos que el proceso debe realizarse de la manera más llevadera para todas las partes. Siempre tratamos, cuando es posible, de lograr el acuerdo extrajudicial. Cuidar las formas y el trato con responsabilidad profesional es una gran herramienta con extraordinarios resultados.
Muchos de estos procesos que tratamos son realmente delicados, al fin y al cabo, si tomamos como ejemplo una ruptura matrimonial estamos hablando de un ámbito emocional que en muchos casos incluye descendencia. Es necesario establecer unas nuevas relaciones que puedan velar, en la medida de lo posible, por los hijos.
Estamos hablando de llegar a acuerdos y tomar decisiones acerca de la adjudicación del uso y disfrute del domicilio familiar, cuestiones relacionadas con la custodia de los menores fruto de la pareja, regulación de encuentros partícipes de aquel miembro que no toma la responsabilidad de los hijos. Necesarias a veces son también las cuestiones relacionadas con pensiones alimenticias, compensatorias ante desequilibrios económicos. Liquidación de bienes gananciales, así como casos de su separación.
Nuestro asesoramiento parte de resolución amistosa tratando de lograr acuerdos con entendimiento y beneplácito de ambas partes. Somos conscientes de que la buena práctica de nuestra profesión está influenciando en el resto de los días de las personas involucradas.
Como explicamos Asarama cuenta con profesionales en mediación de conflictos de este carácter, ya que una mediación evita que situaciones de por sí ya dramáticas empeoren peligrosamente. Tratamos capitulaciones matrimoniales y maritales, divorcios, uniones maritales de hecho, sociedad conyugal o sociedad patrimonial entre compañeros permanentes, alimentos, planeación patrimonial familiar, permisos de salida del país de menores, custodia de menores, restitución internacional de menores, partición patrimonial en vida, sucesiones por causa de fallecimiento, testamentos, privaciones de patria potestad, adopciones, afectados de vivienda familiar, patrimonio de familia inembargable.
Cada uno de estos supuestos tiene sus peculiaridades, siendo uno de los más frecuentes el divorcio, proceso cuyo objetivo es el de finalizar una unión conyugal. Hay gente que lo confunde con la separación matrimonial, que depende a su vez del ordenamiento jurídico de cada país. Tiene más efectos jurídicos que la separación de hecho, interrumpe el matrimonio pero no lo finaliza.
las novedades de la reciente reforma de la figura legal del divorcio, transformaron la metodología de separación del matrimonio, debido a que hoy en día es suficiente que una de las partes quiera no seguir casado para realizar la ruptura. Ya no es necesario alegar causas específicas como antes, por ejemplo, infidelidad, abandono injustificado del hogar, alcoholismo A esta novedad hay que sumarle la posibilidad de finalizar matrimonio sin grandes esperas, pues actualmente es posible realizar la ruptura directamente a partir del plazo mínimo de un trimestre.
El proceso del divorcio se realiza en dos vías distintas, una de mutuo acuerdo, aceptando ambas partes la resolución de divorciarse, todo ello registrado oficialmente por el Juez. La segunda opción es por lo contencioso. En esta segunda modalidad, ante la falta de acuerdo, es el Juez quien dictamina la decisión final.
El divorcio implica el término de una vida juntos, finaliza el uso y disfrute del domicilio conyugal para una de las partes, el mantenimiento de la patria potestad de los hijos menores, establecimiento de pensiones de alimentos.
Respecto a la custodia de menores hay que tener en cuenta la edad y sexo del niño, los vínculos afectivos en las partes implicadas y el niño, la relación entre el niño y sus hermanos, en caso de haber hermanos, la capacidad de las partes que soliciten la custodia para brindar un entorno de crianza afectivo para el niño y la capacidad, como los medios, para proporcionar al menor comida, ropa, asistencia de salud. las características de las partes que solicitan la custodia: edad, salud física y mental, estabilidad, carácter. También hay que tener en cuenta el efecto de la continuación o interrupción propuesta del hogar existente del niño, cuáles son las preferencias del niño, si el juzgado considera que el niño es lo suficientemente maduro física y mentalmente para tomar dichas decisiones.
Custodia compartida.
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